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Asilo Politico

Los Estados Unidos respeta el derecho de asilo de las personas establecidos por la legislación internacional y federal. Un número determinado de refugiados legalmente definidos, que solicitan asilo en el extranjero o después de llegar a los EE.UU., son admitidos cada año.

Asilo de elegibilidad tiene tres requisitos básicos. En primer lugar, un solicitante de asilo debe demostrar que él o ella teme la persecución [2] En segundo lugar, el solicitante debe probar que él o ella sería objeto de persecución por causa de uno de los cinco motivos protegidos. Raza, religión, nacionalidad, opinión política, y social grupo. En tercer lugar, el solicitante debe demostrar que el gobierno está involucrado en la persecución, o es incapaz de controlar la conducta de los actores privados.

No hay derecho de asilo en los Estados Unidos, sin embargo, si un solicitante es elegible, que tienen un derecho procesal que tiene la Procuraduría General tomar una decisión discrecional en cuanto a si el solicitante debe ser admitido en los Estados Unidos como asilado. El solicitante también tiene derecho a obligatoria “suspensión de la expulsión” (también conocido como la restricción de expulsión) si el solicitante pueda demostrar que su vida o su libertad se vería amenazada si vuelve a su país de origen. La disputa en casos de asilo en litigio ante la Oficina Ejecutiva para Revisión de Inmigración y, posteriormente, los centros de los tribunales federales sobre si los tribunales de inmigración procedió correctamente al rechazar la alegación del demandante según la cual ella es elegible para el asilo o la otra forma de reparación.
El solicitante tiene la carga de probar que ella es elegible para asilo. Para satisfacer esta carga, el solicitante debe demostrar que tiene un temor bien fundado de persecución en su país de origen a causa de cualquiera de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. El solicitante puede demostrar su temor fundado, demostrando que ella tiene un temor subjetivo (o temor) de la persecución en el futuro en su país de origen que es objetivamente razonable. El caso de un solicitante de asilo es más fuerte donde se puede mostrar persecución en el pasado, en cuyo caso recibirá una presunción de que ella tiene un temor bien fundado de persecución en su país de origen. El gobierno puede rebatir esta presunción demostrando ya sea que el solicitante puede trasladarse a otra área dentro de su país de origen con el fin de evitar la persecución, o que las condiciones en el país de origen del solicitante ha cambiado de tal manera que el temor del solicitante a la persecución ya no es objetivamente razonable . Técnicamente, un solicitante de asilo que ha sufrido persecución en el pasado cumple con los criterios establecidos por ley para recibir una concesión de asilo, incluso si el solicitante no tiene miedo de persecución en el futuro.

Sin embargo, los árbitros suelen negará la condición de asilo en el ejercicio de la discreción en estos casos, excepto cuando la persecución en el pasado fue tan grave como para justificar una subvención humanitario del asilo, o cuando el solicitante se enfrentaría a otro perjuicio grave si es devuelto a su país de origen.